La imposición urbanística de la ideología de género | La Gaceta

Boadilla del Monte ha visto frenado su Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) por no contener una evaluación sobre “impacto de género”. El desarrollo de 26.000 viviendas queda en suspenso, a esperas del recurso que haga el Ayuntamiento de esta localidad madrileña, por no haber incluido este estudio que es obligatorio -y tiene carácter retroactivo- desde la aprobación de las leyes sobre identidad de género aprobadas y promovidas por el Ejecutivo autonómico que preside Cristina Cifuentes.

Estas dos leyes establecen que “todas las disposiciones legales o reglamentarias de la Comunidad de Madrid deberán contar con carácter preceptivo con un informe sobre impacto por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género” -como recoge la Ley de Protección contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual-; y que «las normas y resoluciones de la Comunidad de Madrid incorporarán la evaluación del impacto sobre identidad de género en el desarrollo de sus competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad y no discriminación por razón de identidad de género o expresión de género» -Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identdidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación-.

El pasado martes conocíamos la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que sentenciaba la no adaptación del PGOU de Boadilla a estas leyes.

La Gaceta se ha puesto en contacto con varios alcaldes de localidades de Madrid que tienen pendientes de aprobación los planes urbanísticos de sus municipios y han asegurado que desconocían totalmente la necesidad de incluir estos “impactos de género” y que, además, ignoran también el contenido que deben tener los mismos.

Haciendo un repaso a la hemeroteca encontramos que varios municipios de Andalucía, comunidad pionera en la elaboración de estos informes, se vieron afectados por la paralización de sus planes de urbanismo al no incluir la perspectiva de género. Y lo hace, no por una ley autonómica, sino por la aplicación de la Ley de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2007. Es decir, que los únicos casos que se conocen en España de elaboración de informes urbanísticos con perspectiva de género no introducen el análisis LGTB. Torremolinos fue el primer municipio de España en introducirlo, después vendrían otros y debió de generar tantos problemas que en el municipio malagueño de Istán se celebró el pasado mes de abril un congreso para aplicar este nuevo urbanismo que, en principio, solamente se ciñe a la diferencia aplicable entre hombres y mujeres.

Pero las leyes aprobadas en Madrid por Cifuentes y su Ejecutivo dan una vuelta de tuerca a la situación y hay que añadir una perspectiva LGTB. La única solución que queda a los municipios es trasladar la documentación de la Junta de Andalucía y las conclusiones del congreso de Istán desde la diferenciación del urbanismo “feminista” al “LGTB”.

Hace un año, la Junta de Andalucía publicó un informe titulado “Urbanismo con perspectiva de género”. Lo hizo a través de su Unidad de Igualdad y Género de la Consejería de Igualdad. Los encargados de realizarlo fueron los miembros de Likadi y la autora, Inés Sánchez de Madariaga. Es un texto de 108 páginas en el que nos muestran cuál es el camino de ese nuevo urbanismo basado en el género.

Pretende responder a “nuevas necesidades sociales de poblaciones diversas” y parte de la base de que “la calidad de vida no es la misma para todos” por eso “una nueva visión del urbanismo desde el punto de vista del género es una de las vías que puede contribuir a dotar de contenido específico a la noción de calidad de vida” y es un “concepto que permite poner de manifiesto las relaciones desiguales entre mujeres y hombres”.

Culpa al urbanismo tradicional de ser respobsable de perjudicar a las mujeres del “modo en que llevan a cabo sus múltiples responsabilidades en la esfera pública” y proporne dotar a las ciudades de las infraestructuras necesarias para el desarrollo de la vida cotidiana, dando por sentado que las actuales ciudades no las tienen.

En cualquier caso, este informe no está adaptado a la normativa impuesta en la Comunidad de Madrid tras la aprobación de las leyes promovidas por Cifuentes. Para saber cómo se aplicará el nuevo urbanismo LGTB en Madrid debemos compararlo con la introducción de la ideología de género en los centros educativos.

El primer paso ya está dado: todos los PGOU de los municipios deberán contar con el informe preceptivo correspondiente. Además es una norma retroactiva. Por lo tanto, tendrá que haber organizaciones encargadas de desarrollar estos estudios. Del mismo modo que a partir del curso que viene serán las asociaciones LGTB las encargadas de explicar a nuestros hijos la ideología de género en los centros educativos, estas mismas asociaciones serán las encargadas de realizar los informes obligatorios para los planes de urbanismos. Es decir, que todos los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, los casi 200 que hay, tendrán que contratar y pagar a las organizaciones LGTB para la realización de los informes.

Financiación e imposición, sin que los alcaldes y sus concejales de urbanismo puedan hacer nada por evitar pasar por caja y sin que las aportaciones de esos informes mejoren la situación urbanística de los habitantes porque las posibles comunidades LGTB en los distintos municipios son minúsculas o, directamente, inexistentes.

Origen: La imposición urbanística de la ideología de género | La Gaceta

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